Para solicitar una licencia sin goce de haber bajo el régimen CAS en Perú, el trabajador debe presentar una solicitud escrita dirigida al área de recursos humanos de su entidad pública, indicando el motivo y el periodo de la licencia. La autorización se otorga conforme a la normativa aplicable al régimen laboral general de la entidad (Decreto Legislativo N.º 276, Decreto Legislativo N.º 728 o Ley N.º 30057), según lo precisado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR). En todos los casos, la licencia implica la suspensión perfecta del vínculo laboral, sin pago de remuneraciones durante el tiempo autorizado.
Marco normativo aplicable
El régimen CAS está regulado por el Decreto Legislativo N.º 1057, que establece las condiciones de contratación administrativa de servicios en el sector público. Aunque este régimen no contempla de manera autónoma las licencias sin goce de haber, SERVIR ha señalado que los trabajadores CAS pueden acogerse a esta figura siguiendo las reglas del régimen laboral general que corresponda a la entidad empleadora.
En octubre de 2024, SERVIR emitió el Informe Técnico N.º 0001203-2024-GPGSC, donde se confirma que los servidores CAS, ya sea con contratos a plazo determinado o indeterminado, pueden solicitar licencia sin goce de haber, siempre que se respeten los límites de duración y las condiciones establecidas en la normativa aplicable.
Más información oficial puede consultarse en el portal de SERVIR y en las publicaciones normativas de El Peruano.
Procedimiento de solicitud
El procedimiento para solicitar una licencia sin goce de haber bajo el régimen CAS incluye los siguientes pasos:
- Presentación de la solicitud: El trabajador redacta un documento dirigido al área de recursos humanos o a la oficina de personal de la entidad pública.
- Contenido mínimo: La solicitud debe incluir datos personales, número de contrato CAS, motivo de la licencia y periodo solicitado.
- Evaluación de la entidad: La oficina de recursos humanos revisa la solicitud y verifica que el trabajador cumpla con las condiciones establecidas en la normativa.
- Resolución administrativa: La entidad emite una resolución o documento oficial aprobando o denegando la licencia.
- Registro: La licencia queda registrada en el legajo del trabajador y en los sistemas administrativos correspondientes.
Duración de la licencia
La duración de la licencia sin goce de haber depende del régimen laboral general que se aplique en la entidad:
- Decreto Legislativo N.º 276 (Carrera Administrativa): hasta dos años continuos o alternos.
- Decreto Legislativo N.º 728 (régimen privado aplicado en el sector público): duración pactada entre el trabajador y la entidad, con límites establecidos en la normativa laboral general.
- Ley N.º 30057 (Ley del Servicio Civil): hasta un año, prorrogable por otro periodo igual, según lo determine la entidad.
Efectos de la licencia
Solicitar una licencia sin goce de haber bajo el régimen CAS implica:
- Suspensión perfecta del vínculo laboral: el trabajador mantiene su contrato, pero no percibe remuneraciones durante el periodo autorizado.
- No acumulación de beneficios: durante la licencia no se generan derechos como vacaciones, CTS o tiempo de servicios.
- Reincorporación automática: al término de la licencia, el trabajador se reincorpora a su puesto sin necesidad de un nuevo contrato, salvo que existan disposiciones específicas en la entidad.
Tabla comparativa de requisitos según régimen aplicable
| Régimen laboral aplicable | Duración máxima de licencia | Condiciones principales |
|---|---|---|
| Decreto Legislativo 276 | Hasta 2 años | Suspensión perfecta del vínculo, sin remuneración |
| Decreto Legislativo 728 | Pactada entre trabajador y entidad | Sujeta a normativa laboral general |
| Ley N.º 30057 (Servir) | Hasta 1 año, prorrogable | Autorización de la entidad, suspensión perfecta |
Preguntas frecuentes
¿Un trabajador CAS puede solicitar licencia sin goce de haber por estudios?
Sí, siempre que la entidad lo autorice y se cumplan los límites de duración establecidos en la normativa aplicable.
¿La licencia afecta la continuidad del contrato CAS?
No. La licencia suspende temporalmente el vínculo, pero no lo extingue.
¿Se puede solicitar licencia sin goce de haber por motivos personales?
Sí. El trabajador puede solicitarla por motivos personales, familiares o de salud, siempre que la entidad lo apruebe.
¿Qué ocurre si el trabajador excede el tiempo autorizado?
La entidad puede considerar la terminación del contrato si el trabajador no se reincorpora en el plazo establecido.
La figura de la licencia sin goce de haber bajo el régimen CAS ha cobrado relevancia en los últimos años debido a la necesidad de los trabajadores de conciliar responsabilidades personales y laborales. SERVIR ha emitido informes técnicos que buscan uniformizar criterios y garantizar que las entidades públicas apliquen reglas claras y verificables. La reciente publicación de la Ley N.º 32199 en diciembre de 2024 refuerza la importancia de contar con procedimientos transparentes y ajustados a derecho.
La solicitud de una licencia sin goce de haber bajo el régimen CAS requiere una gestión administrativa clara: presentar una solicitud formal, cumplir con los requisitos establecidos y esperar la autorización de la entidad pública. Aunque el régimen CAS no regula directamente esta figura, los trabajadores pueden acceder a ella siguiendo las disposiciones de los regímenes laborales generales aplicables. La precisión normativa y la supervisión de SERVIR garantizan que este derecho se ejerza de manera ordenada y verificable en el sector público peruano.